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Publicado en: agosto 1, 2023

Legal y Justicia: Toda celebración requiere permiso de la Alcaldía de Panamá

Todas las celebraciones de fiestas particulares y comerciales que se realicen en el distrito capital requieren el trámite y aprobación de un permiso de la Dirección de Legal y Justicia de la Alcaldía de Panamá.
Vínculo: Permiso para Fiestas – Atención Ciudadana

El abogado Eldis Barnes Saldaña, director de esta dependencia, indicó que existe un catálogo que establece los requisitos para gestionar celebraciones si son residenciales, actividades bailables y conciertos según la magnitud.

Los requisitos para realizar fiestas residenciales requieren que el domicilio esté dentro del distrito capital, probarlo con un recibo del pago de un servicio público, paz y salvo municipal y el pago de un impuesto de B/.20.

Indicó que las normas que rigen los límites sonoros en la República de Panamá establecen que de 6 p.m. a 9:59 p.m., el nivel sonoro máximo será de 60 decibeles y de 10 p.m. a 5:59 a.m., el nivel sonoro máximo será de 50 decibeles.

Además, las actividades bailables requieren presentar el contrato con el local, comprobar la coordinación de la seguridad con la Policía Nacional y contar con servicios de emergencia.

Para estos agregó, que para ello rigen los horarios de la denominada ‘Ley Zanahoria’ para centros nocturnos: de domingo a miércoles hasta las 3 a.m. y de jueves a sábado hasta las 4 a.m.

Agregó que los impuestos asignados a los conciertos dependen de la cantidad de personas calculadas para asistir el evento, el valor de los boletos y la cantidad de cantinas transitorias que se dispondrán.

Reiteró que la realización de los llamados ‘parkin’ o celebraciones al aire libre o en sitios públicos, están prohibidos a nivel nacional porque afectan la seguridad y la paz social.